Los recursos (ingresos) públicos son las
diversas formas de agrupar, ordenar y presentar los recursos (ingresos)
públicos, con la finalidad de realizar análisis y proyecciones de tipo
económico y financiero que se requiere en un período determinado.
Características del Ingreso Público.
Un tributo es una modalidad de ingreso público o prestación patrimonial de carácter público, exigida a los particulares, que presenta los siguientes rasgos Importantes e indispensables: Tributo a; homenaje a algo especificado.
Clasificación de los Ingresos Públicos:
Ingresos Ordinarios e Ingresos Extraordinarios, Tributarios y no tributarios, Ingresos Ordinarios y de Derecho Privados e Ingresos Derivados o de Derecho Público.
El criterio financiero los clasifica en ordinarios y extraordinarios, tomando en consideración la regularidad o periodicidad de los ingresos, y las características de la fuente que los genera. De esta forma, los ingresos ordinarios son aquellos que el Estado recibe en forma periódica, puede repetir su recaudación período tras período, y su generación no agota la fuente de donde provienen ni compromete el patrimonio actual o futuro del Estado y sus entes. Es decir, son ingresos cuya recaudación tiene la posibilidad de ser repetida año tras año, porque provienen de la administración del patrimonio estatal, o de tributos que son pagados por los particulares de manera rutinaria. Los ingresos ordinarios deberían ser suficientes para cubrir los gastos públicos ordinarios que debe efectuar el Estado en el cumplimiento de sus diversas funciones.
Por su parte, los ingresos extraordinarios presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro. Tal es el caso de la venta de los bienes que son propiedad del sector público y de la realización de operaciones de crédito público, ya que en ambos casos se genera un ingreso público y como consecuencia el patrimonio se ve reducido (venta de bienes), o se compromete hacia el futuro (crédito público), situación que no permite que este tipo de ingresos sean susceptibles de ser repetidos continuamente y de manera indefinida. También es el caso de situaciones especiales en las que el Estado percibe un ingreso por un período limitado de tiempo, en virtud de alguna legislación temporal que lo autoriza para ello. Se recomienda que los ingresos extraordinarios se utilicen para hacer frente a situaciones imprevistas que conllevan a la ejecución de gasto público extraordinario; sin embargo, en el presente los gobiernos suelen acudir a este tipo de ingresos para financiar sus gastos rutinarios.
La clasificación de ingresos ordinarios y extraordinarios suele presentarse también bajo la denominación de ingresos corrientes (correspondiente a los ordinarios) e ingresos de capital (extraordinarios).
Ingresos Originarios e Ingresos Derivados.
Cuando los ingresos provienen de la actividad que realiza un ente público al administrar sus bienes propios se trata de ingresos originarios; por ejemplo, la actividad económica de una empresa propiedad del Estado que vende libremente bienes y servicios a la colectividad, genera un monto de ingresos que se consideran originarios, ya que para obtener este tipo de entradas de dinero el Estado no necesita obligar a los particulares a que adquieran su producto, simplemente actúa como un oferente más dentro del mercado.
Por su parte, para obtener ingresos derivados el Estado interviene coactivamente la actividad económica de los particulares, obligándolos a contribuir con el financiamiento del gasto a través del pago de tributos como los impuestos. Esta intervención estatal está fundamentada en el régimen jurídico vigente en cada sociedad (legislación tributaria).
Ingresos Tributarios e Ingresos No Tributarios.
Los ingresos tributarios, como su nombre lo indica, provienen directamente de la recaudación de tributos. Dentro de los tributos se identifican tres grupos principales de ingresos públicos: impuestos, tasas y contribuciones.
Comúnmente, la mayor cuantía de los ingresos
recaudados por el Estado proviene de los tributos, y suele ser abundante la
legislación que regula esta variable financiera del tesoro público; de allí la
importancia de su estudio detallado.
Los ingresos considerados como no
tributarios, son aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe
ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Dentro de esta categoría
de ingresos se estudian los que provienen de las siguientes actividades:
empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito
público, legados, donaciones, sanciones.
Principales ingresos no tributarios.
Ingresos patrimoniales.
El patrimonio del Estado lo conforman diferentes tipos de bienes de dominio público y dominio privado. Aun cuando los bienes de dominio público suelen ser utilizados por la colectividad en forma gratuita, no se descarta la posibilidad de que el Estado pueda recibir ingresos por ser el propietario y administrador de éstos.
Por su parte, los bienes de dominio privado
presentan mayores posibilidades de generar ingresos públicos, cuando el Estado
recibe alguna contra prestación monetaria por permitir su uso y disfrute. Tal es
el caso de las concesiones para explotación petrolera y minera, y también el
caso de las empresas propiedad del Estado, entre otros ejemplos.
Ingresos de la actividad empresarial del
Estado: servicios públicos, industriales, comerciales, monopolizan. La
privatización.
Los ingresos que se perciben por la actividad
empresarial del sector público pueden considerarse ingresos patrimoniales de
dominio privado, ya sea que el Estado sea el propietario de la totalidad de una
empresa (empresas públicas), o comparta su propiedad con el sector privado
(empresas mixtas). Son diferentes los conceptos por los cuales pueden generarse
estos ingresos empresariales, entre los cuales cabe mencionar: el precio
cobrado por los bienes y servicios que producen las empresas públicas
(destinados total o parcialmente a cubrir los costos y gastos de la empresa en
cuestión), los superávit o ganancias que pudieran obtenerse de esta actividad,
los ingresos recaudados al realizarse la venta total o parcial de alguna unidad
empresarial (privatización), entre otros.
Otro renglón de ingresos públicos
empresariales es la privatización de bienes propiedad del Estado. Las
empresas públicas o mixtas pueden ser vendidas total o parcialmente al sector
privado, y el monto obtenido por esa venta constituye un ingreso para el tesoro
público. Además de constituir una fuente de ingresos (una fuente agotable,
claro está), la privatización suele ser vista como algo positivo en la gestión
fiscal de un gobierno por diferentes razones, se reduce el gasto público
destinado a cubrir los déficit de empresas públicas privatizadas, se
incrementan los montos de inversión privada destinados a la actualización y
repotenciación de esas empresas, se incrementa la eficiencia en el uso de los
recursos, entre otras.
Ingresos de la actividad monetaria:
emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público.
Al estar en manos del Estado el control del
sistema monetario (en el caso venezolano se encarga el Banco Central de
Venezuela, las actividades derivadas de esta función pueden proporcionar algún
tipo de ingreso al tesoro público. Entre las distintas categorías de ingreso
pueden mencionarse: la emisión de dinero y el cambio de divisas.
La emisión de dinero corresponde una
función de los bancos centrales, pero no siempre representa un ingreso público.
Como lo establece la Ley del Banco Central de Venezuela en
su artículo 101, el BCV solo puede colocar dinero en circulación (o
retirarlo) cuando se cumplen las condiciones allí señaladas: compra (venta) de
oro y divisas. Es decir, la compra de moneda extranjera se traduce
automáticamente en la entrega de bolívares al sistema monetario, en una emisión
monetaria, que no afecta las finanzas públicas del Estado venezolano. Si el
gobierno recibe bolívares del BCV, es porque ha entregado a cambio moneda
extranjera u oro, o ha realizado alguna otra operación contemplada en la ley.
Pero el BCV no está autorizado a emitir dinero para destinarlo al
financiamiento del gasto público.
En cuanto al cambio de divisas, si el
sistema cambiario del país también es controlado por el Estado, la
comercialización de moneda extranjera proporciona un margen de utilidad que
ingresa al tesoro público. Este margen de utilidad proviene del diferencial
existente entre los precios de compra y venta de las divisas, y en el caso venezolano
es una actividad propia del BCV.
Crédito público, Empréstito y Deuda
pública.
El crédito público es la capacidad
que tiene un Estado de contraer deudas basado en la confianza, por parte del
acreedor, de que el mismo está en condiciones de cumplir con el compromiso
contraído al obtener el crédito.
Con relación al empréstito es el uso
del crédito público mediante la emisión de bonos, los cuales traducen el deseo
del Estado de recurrir al ahorro de terceros, creando al efecto una relación
jurídica y económica.
La deuda pública, traduce las
obligaciones contraídas por el ya referido Estado, para atender el servicio de
la misma, mediante su amortización y el pago de intereses.
En resumen, “...el crédito público señala una
expectativa de poder adquirir un empréstito basado en la solvencia moral y
económica del Estado, mientras que la deuda es la obligación ya asumida, al
obtener los recursos a través del referido empréstito”. Cabe destacar que el
término empréstito es sustituido frecuentemente en la legislación venezolana
por la expresión “operaciones de crédito público”, al hacer referencia a la
ejecución de operaciones que generan un ingreso y que dependen de la capacidad
que tiene el Estado de generar confianza en el pago futuro del dinero recibido
y los intereses asociados a cada operación.
Clasificación de la Deuda Pública.
La deuda pública es consecuencia de la
ejecución de operaciones de crédito público, y se encuentran los criterios de
clasificación de la deuda pública:
- Deuda externa y deuda interna.
- Deuda flotante y deuda consolidada.
- Deuda directa y deuda indirecta.
La deuda pública externa es aquélla
que corresponde al crédito público del exterior y se caracteriza... porque el
acreedor o acreedores, son extranjeros, ya se trate de un Estado o extranjeros
que ceden unidades de su propio poder adquisitivo, a cambio de tales valores.
La deuda pública externa... es aquélla que se encuentra formada por empréstitos
emitidos en moneda extranjera, colocada en mercados financieros del
exterior y pagadera en ellos mediante una transferencia de valores... La deuda
externa puede estar suscrita por personas de la misma nacionalidad del país
emisor, como la interna puede estarlo por inversores extranjeros.
La deuda pública interna se produce
cuando el gobierno pide prestado domésticamente, vendiendo sus valores a sus
propios-ciudadanos, es la formada por empréstitos en monedas del país, emitidos
en su mercado de capitales, según su régimen legal.
La deuda pública también se clasifica en deuda
flotante y deuda consolidada. Ladeuda pública flotante es aquella que se
contrae para ser cancelada en el corto plazo, mientras
la deuda pública consolidada se contrata para ser
reembolsada en un período de tiempo largo (mediano o largo plazo).
La deuda pública directa es la que
contrata el mismo Estado (en el nivel nacional, la República) y que está
obligado a pagar afectando su patrimonio. La deuda pública
indirecta la contraen otros entes públicos, como estados, municipios,
institutos autónomos y, empresas del Estado, en los cuales este último tiene un
interés social y económico, y por los que han servido como fiador o garante.
Normativa
jurídica del crédito público y la deuda pública en Venezuela.
La realización de operaciones de crédito
público y contratación de deuda pública están reguladas por diferentes
instrumentos legales.
Otros ingresos públicos no tributarios:
recursos gratuitos (legados, donaciones), sanciones.
Entre otras fuentes de ingresos de menor
importancia se pueden mencionar aquellos que se obtienen sin que el Estado
procure su recaudación (recursos gratuitos), y los que provienen de la
ejecución de sanciones. En el primer grupo se encuentran lasdonaciones que
reciben los entes públicos y que permiten financiar total o parcialmente sus
operaciones. También se presenta el caso en que los bienes de algún ciudadano
que fallece pasan a manos del Estado por carecer de herederos que reclamen
tales bienes (legados). En cuanto a las sanciones, se refieren a las
penalizaciones que deben pagar los ciudadanos por infringir las leyes.
CREADO POR:
YURITZA ARAQUE 23.715.212
GENISETH ARDILA 24.551.169
YAIRIS ROJAS 23.041.350
SONIA SANCHEZ 20.572.549
LUIS GIL 23.959.802
YASNEIDY SANCHEZ 24.607.384
ANGELIZ RODRIGUEZ 22.783.467
JUNIOR DURAN 24.552.219
CREADO POR:
YURITZA ARAQUE 23.715.212
GENISETH ARDILA 24.551.169
YAIRIS ROJAS 23.041.350
SONIA SANCHEZ 20.572.549
LUIS GIL 23.959.802
YASNEIDY SANCHEZ 24.607.384
ANGELIZ RODRIGUEZ 22.783.467
JUNIOR DURAN 24.552.219
MILENA GOMEZ 24.552.294
SECCION: A
SECCION: A



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